Pedro Sánchez ha comunicado este viernes a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, que el Consejo de Ministros ha aprobado declarar el Estado de Alarma en la capital y los otros municipios madrileños de más de 100.000 habitantes donde la incidencia de contagios es superior a 500. Según ha podido saber COPE, Moncloa ya tenía listo desde anoche el real decreto para declarar ese estado de alarma.
En la conversación que ambos han mantenido, Ayuso ha pedido a Sánchez más tiempo para decidir entre las opciones que el Gobierno puso encima de la mesa tras tumbar el Tribunal Superior de Justicia de Madrid las restricciones, pero el jefe del Ejecutivo le ha respondido que hay que proteger la salud pública ya y que ya se ha aprobado el estado de alarma.
¿Qué es el estado de alarma?
La Constitución establece en su artículo 116: “El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo”.
¿Puede aplicarse solo a un territorio o tiene que ser para toda España?
Sí se puede, según la Constitución y la ley que regula los estados de alarma, excepción y sitio.
¿Qué medidas se adoptarán en el nuevo decreto?
Toca esperar la publicación del BOE, para saber cuando comienza y las medidas exactas.
¿Vuelve el confinamiento extremo?
En principio no. El estado de alarma permitiría al Gobierno rescatar las medidas tumbadas por los tribunales (no salir del municipio donde se vive salvo para ir a trabajar o excepciones justificadas) y en ningún caso representa volver a los confinamientos decretados durante los meses de marzo, abril y mayo.
¿Cuánto tiempo va a durar?
En principio la duración es de 15 días. Si el Ejecutivo ve necesario prorrogar la alarma más allá de esos 15 días tendrá que solicitarlo al Congreso y lograr la mayoría de la Cámara.














