El Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas han acordado permitir reuniones con un máximo de 10 personas y ampliar el toque de queda hasta la 1:30 horas, en los días más señalados de Navidad. Además, para minimizar el impacto de las fiestas en la pandemia de coronavirus, se han convenido los cierres perimetrales autonómicos del 23 al 6 de enero, con excepciones cuando se trate de un reagrupamiento familiar, esto es, el desplazamiento a la residencia habitual de familiares o allegados.
Así lo han resuelto en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud Pública y lo ha anunciado el ministro Salvador Illa en una rueda de prensa al término de la reunión, junto a la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias. “Los acuerdos son de cumplimiento obligado”, ha afirmado Illa y ha recordado que se subscriben en el marco legal del estado de alarma.
Máximo de 10 personas en las celebraciones
De acuerdo con el acuerdo de medidas para las celebraciones navideñas de Nochebuena, Navidad, Nochevieja y Año Nuevo, las reuniones tendrán un límite máximo de 10 personas, salvo que se trate de convivientes, y como recomendación no deberán pertenecer a más de dos grupos de convivencia, y se deberá guardar una especial precaución y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad.
Así, mientras el límite en las reuniones era de seis personas en la propuesta inicial, Sanidad ha atendido a las peticiones de algunas comunidades autónomas como Cataluña, País Vasco, Comunidad de Madrid o Comunidad Valenciana que han planteado una mayor flexibilización de las medidas, frente a otras como Castilla y León que han abogado por un endurecimiento de las mismas.
Ampliación del toque de queda hasta la 1:30
Sobre el toque de queda, el Consejo Interterritorial ha acordado flexibilizarlo hasta la 1:30 horas para Nochebuena y Nochevieja, en lugar de hasta la 1:00 como había planteado inicialmente Sanidad. Esta ampliación del toque de queda solo se aplicaría para regresar al domicilio habitual y en ningún caso para asistir a encuentros sociales.
El ministro Illa ha insistido en la indicación de evitar beber y comer en la vía pública, excepto en algunos lugares habilitados para ello.
Vuelta a casa por Navidad
En relación con los cierres perimetrales de las Comunidades Autónomas, el acuerdo contempla una excepción para la vuelta a casa y las reagrupaciones familiares. Se tratará siempre de acudir a otra Comunidad Autónoma donde resida el familiar o allegado. Esto es, no se podrán hacer viajes a otra región.
No obstante, los gobiernos autonómicos podrán establecer que esta salvedad esté en vigor sólo en días determinados, si su situación epidemiológica lo requiere.
Asimismo, la excepción serán las Islas Canarias y Baleares, que por su insularidad y buena situación epidemiológica podrán disponer las medidas que consideren oportunas.
También en las residencias
Aquellas personas que vivan en residencias sociosanitarias y quieran salir para la celebración de las fiestas deberán permanecer en un único domicilio y mantener una burbuja de convivencia estable. Además, cuando vuelvan al centro, se aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa y los días posteriores al reingreso se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.
Cabalgatas “estáticas”
Respecto a los eventos navideños, organizados entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, no se permitirá la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de las medidas de seguridad y prevención.
Así se recomiendan las cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión.
Eventos deportivos “virtuales” o garantizando las distancia de seguridad
El acuerdo especifica que no se podrán celebrar grandes eventos deportivos y, en su lugar, se recomiendan modalidades de participación virtual. Y, las actividades navideñas tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente.
Cuando sea posible, las citadas actividades se llevarán a cabo al aire libre y siempre garantizando que se cumple la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.
Celebraciones religiosas
Por su parte las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada comunidad o ciudad autónoma. Se recomienda evitar los cantos y usar en su lugar música pregrabada. Asimismo, se deberán evitar las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.
La celebración de eventos religiosos, tales como la misa del gallo, no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Por ello, se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.
Compras organizadas y con antelación
En cuanto a las compras se recomienda a la población que las organice con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales. Además, los comercios y calles comerciales, así como los bares, cafeterías y restaurantes respetarán el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente, asegurándose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y otras medidas de prevención.
Para evitar aglomeraciones, el Consejo Interterritorial ha trasladado a las administraciones competentes la conveniencia de aumentar la frecuencia de horarios del transporte público, así como garantizar una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla. No obstante, siempre que sea posible, los desplazamientos es mejor que se hagan en transporte al aire libre.
Fuente: https://www.rtve.es/noticias/20201202/restricciones-navidad-coronavirus/2059061.shtml














